LEY ELECTORAL ARGENTINA
1. Quiénes tiene obligación a
votar?
"Todos los ciudadanos de ambos sexos nativos, por opcin y
naturalizados, desde los dieciocho aos de edad cumplidos hasta el mismo da
del comicio. Dichos ciudadanos sern incluidos en el padrn electoral. Son
ciudadanos argentinos por opcin los hijos/as de ciudadano argentino nacido
en territorio extranjero que optaron por la ciudadana argentina."
2. Los Extranjeros pueden
votar?
"Para los extranjeros residentes, el voto no es obligatorio.
Podrn votar en el orden provincial y municipal, si la legislacin
provincial electoral lo permite. Para esto, debern inscribirse en el padrn
de extranjeros en el municipio al cual pertenecen, acreditando los aos de
residencia exigidos por la provincia donde resida el extranjero en
cuestin. Los extranjeros residentes no pueden votar en elecciones
nacionales."
3. Puedo votar si me mudo al
exterior?
"Los residentes permanentes en el exterior no tienen la
obligacin de emitir su voto, pero si lo desean, deben inscribirse y
sufragar en los consulados argentinos del pas donde residan. Quienes se
encuentren transitoriamente fuera del pas s estn obligados a votar, y
debern presentarse en el consulado nacional ms prximo el da de las
elecciones para que se les extienda el certificado correspondiente. Cuando
regresen a la Argentina, tienen que dirigirse lo antes posible a la
Secretara Electoral de sus respectivos distritos para justificar la
inasistencia a los comicios."
EL VOTO EN ARGENTINA
El voto en Argentina tiene las siguientes características:
es individual; secreto y obligatorio (salvo para aquellos que están
exentos/as). En 1912 se sancionó la Ley Electoral Nº 8.871 (más
conocida como Ley Sáenz Peña), que reemplazó el voto calificado por el
sufragio universal, secreto y obligatorio y estableció el sistema de
lista incompleta, para que las minorías puedan tener representación
legislativa.
Ninguna autoridad ni persona, corporación, partido, o agrupación política
puede obligar al votante, a optar por algún candidato o lista en
particular.
Para poder votar se requiere: ser ciudadano/a; haber nacido en la
Argentina o ser argentino/a, naturalizado/a o por opción; tener dieciocho
años de edad cumplidos; no tener ninguna de las inhabilitaciones
previstas en el Código Electoral Nacional; y estar incluido/a en el padrón
electoral.