Archive

Archivos de August, 2008

Solicitud de autorización para la libre circulación de productos alimenticios

August 31st, 2008

 En qué consiste
Sirve para que un establecimiento inscripto como importador en el Registro Nacional de Establecimiento (RNE), obtenga la extensión de un CERTIFICADO DE LIBRE CIRCULACIÓN de un Producto Alimenticio inscripto en el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) / Registro Provincial de Productos Alimenticios (RPPA), para ser presentado ante la Dirección General de Aduanas.

Objetivo:
Asegurar que todo producto alimenticio que ingrese a nuestro país, no pueda provocar Riesgo Sanitario alguno cuando llegue a manos de sus habitantes.

Qué documentación se debe presentar. Requisitos
Documentación a presentar:

1.- Nota original debidamente firmada (aclaración y carácter del firmante) dirigida al Director del INAL, detallando el tipo de trámite solicitado.
2.- Nota original debidamente firmada (aclaración y carácter del firmante) dirigida al Director del INAL donde se informará quien/es se encuentran autorizados a realizar dichos trámites ante INAL, aclarando número de documento y relación con el solicitante.
3.- Copia del Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como importador – exportador actualizado con constancia de los depósitos habilitados y declaración del lugar donde se depositará la mercadería.
4.- Copia del/los Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) / Registro Provincial de Productos Alimenticios (RPPA) otorgado por Autoridad Sanitaria competente según el Código Alimentario Argentino (CAA).
5.- Copia del rótulo original o complementario aprobado, donde debe figurar el sello de intervención de la Autoridad Sanitaria competente y el número de Expediente.
6.- Copia de fojas 11 del Formulario de autorización del producto alimentario, si en el rótulo aprobado no figura la declaración de ingredientes.
7.- Copia de factura de compra no “proforma”.
8.- Certificado de Apto Consumo y/o análisis de la partida emitidos en original en el país de origen por el fabricante o Autoridad Sanitaria, para cada lote o partida, haciendo mención del número de factura de compra, fecha de elaboración y vencimiento o plazo de validez, con la firma del Director Técnico del fabricante y del Director Técnico del importador.
9.- Copia del despacho de importación oficializado o copia del conocimiento de embarque / carta de porte por carretera / guía aérea o guía de correos, según corresponda.
10.- Certificación de acuerdo al Riesgo País y al Riesgo Producto legalizada por el consulado respectivo o apostillada si el país ha suscripto la Convención de La Haya, si los productos a importar se encuentran comprendidos en la Disposición ANMAT 5013/02 y sus modificatorias – Encefalopatía Espongiforme Bovina.
11.- Certificado sanitario original legalizado por el consulado respectivo o apostillado si el país ha suscripto la Convención de La Haya – Ley Nº 23.458 – o documentación del fabricante donde certifique que el proceso de elaboración garantiza la destrucción del virus de la Peste Porcina Clásica, si los productos a importar se encuentran comprendidos por la Resolución (SENASA) Nº 834/02- Virus de la Peste Porcina Clásica.
12.- Comprobante de pago de arancel en la Tesorería del INAL.

En el caso de tratarse de Suplementos Dietarios u otros productos para los cuales el CAA así lo exija, toda la documentación deberá ser avalada por la firma del Director Técnico.

Nota:
La documentación a presentar no difiere según el carácter o condición de quien efectúa el trámite.

Cómo se hace
1.- El interesado debe presentar en la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), sito en Estados Unidos 25, Planta Baja - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la documentación requerida y la constancia de pago del arancel correspondiente, de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 13:00, o de 14:00 a 15:00. Para hacer efectivo el pago del arancel, la tesorería se encuentra abierta de 9:00 a 13:00 y de 14:00 a 15:00hs.
En caso que el trámite tenga una observación (vista), el interesado será comunicado por fax, debiendo concurrir al Sector Ventanilla del Servicio de Libre Circulación en el horario de 10:00 a 12:00 o de 14:00 a 16:00, para responder lo solicitado. El plazo de 72 horas volverá a regir a partir de ese momento para su liberación.
2.- Transcurrido el tiempo estipulado de 96 horas (hábiles) de presentado, el interesado puede retirar en la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) el CERTIFICADO DE LIBRE CIRCULACIÓN de un Producto Alimenticio a importar, de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 13:00 o de 14:00 a 15:00.

Cuánto vale
Extensión de un CERTIFICADO DE LIBRE CIRCULACIÓN por cada Producto Alimenticio en cada una de sus presentaciones (gramaje), a importar: $ 20,00.-

Se abona la Tesorería del INAL.

Quién puede/debe efectuarlo
La persona debidamente autorizada a gestionar el presente trámite ante INAL, que figura en el apartado Documentación a presentar.

Cuándo es necesario realizarlo
Cada vez que se solicite la extensión de un CERTIFICADO DE LIBRE CIRCULACIÓN de una determinada cantidad de un Producto Alimenticio a importar.

Qué vigencia tiene el documento tramitado
Vigencia definitiva.

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir al organismo, como mínimo, DOS veces:
1.- Presentación de la documentación requerida, y la constancia de pago del arancel.
2.- Retiro del CERTIFICADO DE LIBRE CIRCULACIÓN de un Producto Alimenticio a importar, en la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).

De qué organismo depende
Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Secretaría de políticas, regulación y relaciones sanitarias. Ministerio de Salud y Ambiente.

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
96 horas hábiles.

Observaciones
Normativa de Aplicación: Decreto 2092/91 y sus modificatorias.

Delegaciones en las cuales realizar el trámite

  • Instituto Nacional de Alimentos (INAL)
  • ANMAT RESPONDE

¿Cómo hacer este trámite?.Lo encontraste en PORTAL SF - PortalSF el portal de Santa Fe

Guía de trámites de Santa FE - Guía de trámites de Argentina

Salud

Reclamos y Sugerencias ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)

August 31st, 2008

En qué consiste
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha implementado un Sistema de Reclamos y Sugerencias orientado al mejoramiento de las capacidades de gestión en relación con las necesidades y demandas ciudadanas.

Los reclamos o sugerencias pueden estar relacionadas con defectos de tramitación en particular, disconformidad en general, aportes o iniciativas, apuntados a la mejora de los servicios u otros motivos, destinados a acrecentar la calidad de la prestación ofrecida por la ANMAT.

Sugerencia: es toda insinuación, inspiración o idea que se desea hacer entrar en el ánimo del otro.

Reclamo: es toda expresión de insatisfacción proveniente de los consumidores o usuarios, justificada o no.
Qué documentación se debe presentar. Requisitos
Se debe presentar el Formulario del Sistema de Reclamos y Sugerencias debidamente cumplimentado.

El Formulario de Reclamos y Sugerencia se encuentra disponible en la ANMAT o en su página web: http://www.anmat.gov.ar/Servicios/formulario_sugerencia_reclamo.htm

Cómo se hace
El ciudadano debe:
1.- Completar el Formulario del Sistema de Reclamos y Sugerencias.
2.- Depositar el Formulario en los buzones destinados al Sistema, ubicados en:
- Edificio ANMAT Central: Av. De Mayo 869, Planta Baja, 2° y 5° Piso. Ciudad Autónoma de Buenos Aires
­- Edificio INAME: Av. Caseros 2161, Planta Baja. Ciudad Autónoma de Buenos Aires
­- Edificio INAL: Estados Unidos 25, Planta Baja. Ciudad Autónoma de Buenos Aires
3.- También puede realizar el reclamo o sugerencia por correo electrónico o por la página web del ANMAT.

Nota:
Los Formularios completados serán retirados diariamente de los buzones y los reclamos o sugerencias serán canalizadas por el Departamento de Relaciones Institucionales y Comunicación Social hacia las Áreas correspondientes.

Cuánto vale
Gratuito.

Quién puede/debe efectuarlo
Clientes regulados y ciudadanos

Cuándo es necesario realizarlo
Cuando se detecte defectos de alguna tramitación en particular, disconformidad en general, aportes o iniciativas para la mejora de los servicios u otros motivos, destinados a acrecentar la calidad de los servicios ofrecidos por la ANMAT.

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
Debería concurrir UNA sola vez, en la cual se debe:
1.- Completar el Formulario del Sistema de Reclamos y Sugerencias.
2.- Depositar el Formulario en los buzones destinados al Sistema.

De qué organismo depende
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Secretaría de Políticas, Regulación y Relaciones Sanitarias. Ministerio de Salud y Ambiente.

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
Si el interesado ha dejado datos de contacto en el Formulario, recibirá una respuesta por la vía indicada dentro de los siete días hábiles.

Dónde se puede realizar
Los clientes regulados y los ciudadanos en general pueden efectuar sus reclamos o sugerencias por medio de tres mecanismos:
1.- Personalmente, solicitando el Formulario del Sistema de Reclamos y Sugerencias, disponible en cualquier ventanilla de atención al público en todo el ámbito de la ANMAT.
2.- Mediante correo electrónico a: reclamos@anmat.gov.ar
3.- Ingresando a la página web de la ANMAT: http://www.anmat.gov.ar

Delegaciones en las cuales realizar el trámite

  • ANMAT Sede Central
  • Instituto Nacional de Alimentos (INAL)
  • Instituto Nacional de Medicamentos (INAME)
  • ANMAT RESPONDE

¿Cómo hacer este trámite?.Lo encontraste en PORTAL SF - PortalSF el portal de Santa Fe

Guía de trámites de Santa FE - Guía de trámites de Argentina

Salud

Presentación de denuncias o reclamos ante el SENASA

August 31st, 2008

En qué consiste
Presentar denuncias o reclamos relacionados con temas de competencia del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
Qué documentación se debe presentar. Requisitos
1.- Presentar una Nota con los datos personales del solicitante, mediante la cual se informe la presunta violación o reclamo:
- Apellido y nombres
- Tipo (L.E., L.C. o D.N.I.) y Nº de documento.
- Domicilio.
- Teléfono (si lo tuviera).
- Dirección de e-mail (si la tuviera).
- Descripción de la denuncia o reclamo.

Cómo se hace
El trámite se puede canalizar por las siguientes vías:
1.- Por correo electrónico: denuncias@senasa.gov.ar
2.- Por correo postal: Carta remitida a la Coordinación de Gestión de Denuncias, sita en Paseo Colón 367, 2º piso frente, (C1063ACD), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 13:00 hs. y de 14:00 a 17:00 hs.
3.- Personalmente, presentando una nota dirigida a la Coordinación de Gestión de Denuncias, en la Mesa de Entradas de la Sede Central, sita en Paseo Colón 367, P.B., Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 13:00 hs. y de 14:00 a 17:00 hs.

Cuánto vale
Gratuito.

Quién puede/debe efectuarlo
Público en general.

Cuándo es necesario realizarlo
Cuando se presuma violación a la legislación vigente de competencia del SENASA.

De qué organismo depende
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

Observaciones
Norma que reglamenta el trámite:
Resolución SENASA Nº 207/03.

La normativa puede ser solicitada al Centro de Documentación e Información del SENASA.
Teléfono: 0800-999-2386
e-mail: cdei@senasa.gov.ar

Delegaciones en las cuales realizar el trámite

  • Coordinación de Gestión de Denuncias

¿Cómo hacer este trámite?.Lo encontraste en PORTAL SF - PortalSF el portal de Santa Fe

Guía de trámites de Santa FE - Guía de trámites de Argentina

Salud

Orientación e información al ciudadano sobre el sector agroalimentario

August 31st, 2008

En qué consiste
Orientar sobre los trámites que se realizan en el SENASA y suministrar la normativa relacionada con el sector agroalimentario.
Cómo se hace
1. Se puede solicitar información sobre trámites, normativa y orientación en general sobre el SENASA, por las siguientes formas:
- Personalmente, en el Centro de Documentación e Información del SENASA, sito en Paseo Colón 367, 1º piso cfte, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Vía e-mail: cdei@senasa.gov.ar
- Vía Telefónica: 0800-999-2386
2. Recibir la información por el medio adecuado.

Nota:
- Si la consulta es telefónica o vía correo electrónico y ésta requiere entrega de normativa o información digitalizada, el envío se realiza en forma electrónica.
- Si la solicitud es personal, el material pertinente se entrega en disquete provisto por el usuario o se envía por e-mail.

Cuánto vale
Gratuito.

Quién puede/debe efectuarlo
El interesado (ciudadano, empresario, estudiante, agentes de otros organismos, usuarios del exterior, etc.)

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir UNA vez en caso de realizar el trámite personalmente.

De qué organismo depende
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
La respuesta es inmediata para las consultas en general.
La respuesta no suele exceder las 48 hs. cuando la consulta requiere una búsqueda pormenorizada o en otras bases de datos.

Delegaciones en las cuales realizar el trámite

  • Centro de Documentación e Información

¿Cómo hacer este trámite?.Lo encontraste en PORTAL SF - PortalSF el portal de Santa Fe

Guía de trámites de Santa FE - Guía de trámites de Argentina

Salud

Orientación e información al ciudadano sobre el sector agroalimentario

August 31st, 2008

En qué consiste
Orientar sobre los trámites que se realizan en el SENASA y suministrar la normativa relacionada con el sector agroalimentario.
Cómo se hace
1. Se puede solicitar información sobre trámites, normativa y orientación en general sobre el SENASA, por las siguientes formas:
- Personalmente, en el Centro de Documentación e Información del SENASA, sito en Paseo Colón 367, 1º piso cfte, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Vía e-mail: cdei@senasa.gov.ar
- Vía Telefónica: 0800-999-2386
2. Recibir la información por el medio adecuado.

Nota:
- Si la consulta es telefónica o vía correo electrónico y ésta requiere entrega de normativa o información digitalizada, el envío se realiza en forma electrónica.
- Si la solicitud es personal, el material pertinente se entrega en disquete provisto por el usuario o se envía por e-mail.
Cuánto vale
Gratuito.

Quién puede/debe efectuarlo
El interesado (ciudadano, empresario, estudiante, agentes de otros organismos, usuarios del exterior, etc.)

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir UNA vez en caso de realizar el trámite personalmente.

De qué organismo depende
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
La respuesta es inmediata para las consultas en general.
La respuesta no suele exceder las 48 hs. cuando la consulta requiere una búsqueda pormenorizada o en otras bases de datos.

Delegaciones en las cuales realizar el trámite

  • Centro de Documentación e Información

¿Cómo hacer este trámite?.Lo encontraste en PORTAL SF - PortalSF el portal de Santa Fe

Guía de trámites de Santa FE - Guía de trámites de Argentina

Salud